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Por José David Carrillo

A consecuencia de la crisis que nos asola, son muchos los conductores que se han visto obligados a dejar de pagar el seguro de sus vehículos.
¿Cuáles son las consecuencias reales y legales de ser propietario o conductor de un vehículo sin seguro?
sin-seguroEn primer lugar, si la policía o guardia civil detiene a un conductor de un coche sin el seguro obligatorio, van a imponer una multa o sanción económica, cuya cuantía depende de factores tales como: el uso que se hace del vehículo, tiempo que lleva éste sin seguro, si el vehículo estaba o no en circulación en el momento de la detención, si el titular del vehículo es reincidente en tener coches sin seguro y la gravedad de los hechos, entre otros. Pero la cuantía de la multa oscila entre los 600 y los 3000 euros.
En segundo lugar, el vehículo sin seguro que ha detenido la policía queda inmovilizado cautelarmente, es decir, se procede al depósito o precinto del coche. Los gastos correspondientes a esta sanción de depósito corresponden al propietario del vehículo hasta el momento en que vuelva a concertar el seguro. Los mencionados gastos deben ser abonados por el titular del coche como requisito necesario para la devolución del mismo. El periodo de depósito o precinto del vehículo es de un mes, salvo que el propietario del mismo sea reincidente, en cuyo caso el periodo asciende a tres meses. En el supuesto de que el titular del coche sin seguro incumpla la orden de depósito o precinto, el periodo de la sanción será de un año.
Para los casos de vehículos que aparezcan erróneamente en la Base de datos de Tráfico como no asegurados, el propietario del coche dispone de un plazo de 20 días para aportar, ante la jefatura de Tráfico, la documentación probatoria de que se trata de un error y, por tanto, el vehículo sí se encuentra asegurado.
Es muy importante distinguir entre el conductor del vehículo y el propietario, pues el responsable de la sanción es éste último. La responsabilidad del conductor de un vehículo sin asegurar se limita a los daños y perjuicios ocasionados a otros coches, personas y bienes como consecuencia de un accidente de tráfico del que éste sea culpable, aunque responderá conjuntamente con el propietario de dichos daños.

JD1 Guía sobre herencia y tipos de testamentoJosé David Carrillo
Abogado ICA Lucena
807 464 712
www.cmsabogados.com 

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