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Por Miguel González de Miguel

Como cancelar los antecedentes penales y policialesCon esta Guía Jurídica completa (actualizada con la última reforma del Código Penal de 1 de Julio de 2015) pretendemos resolver todas vuestras consultas legales sobre como cancelar los antecedentes penales y policiales.

Para ello, antes que nada hay que diferenciar los antecedentes penales de los antecedentes policiales, dado que cada tipo conlleva un procedimiento específico distinto para su eliminación o cancelación. Esperamos que os resulte de mucha utilidad.

 

A)        ANTECEDENTES PENALES

¿QUE SON LOS ANTECEDENTES PENALES?

Cada vez que recae una Sentencia firme condenando a una persona por un delito tipificado en el Código Penal el Juzgado envía al Registro Central de Penados y Rebeldes toda la información para que los antecedentes penales queden registrados.

Los antecedentes penales por tanto, registran la información relativa a la identificación del penado, el delito, la pena impuesta y la fecha de la sentencia de los delitos que han sido condenados por sentencia judicial firme sobre hechos tipificados en el Código Penal

En resumen son datos personales registrados en un fichero dependiente del Ministerio de Justicia (Registro Central de Penados y Rebeldes) creado para conservar el historial de delitos, juicios, condenas sobre los delitos por los que haya sido penada cualquier persona.

 

¿QUÉ ES LA CANCELACIÓN DE LOS ANTECEDENTES PENALES?

El Código Penal facilita la posibilidad y el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales a todos aquellos que hayan sido condenados por un delito en una sentencia judicial firme, siempre que cumplan con los requisitos marcados por la ley y que hayan cumplido o extinguido su responsabilidad penal, previo informe del Juez o Tribunal.

Para que se produzca dicha cancelación es necesario como decimos, además de la extinción de la responsabilidad penal, el cumplimiento de dichos requisitos legales.

 

¿CÓMO CANCELAR LOS ANTECEDENTES PENALES? REQUISITOS LEGALES

Los requisitos legales necesarios para la cancelación son :

1)  Que el condenado no cometa ningún otro delito en los plazos establecidos en el Código Penal, que tras la reforma del Código Penbal de 1 de julio de 2015 cambia la clasificación de los delitos en el art. 33 del Código Penal.

2)  Además de que se haya cumplido con estos plazos señalados, para solicitar la cancelación de los antecedentes penales deberá de haber cumplido con las responsabilidades civiles que se hayan dispuesto en la sentencia.

 

CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS PARA LA CANCELACIÓN DE LOS ANTECEDENTES

(Revisado tras la nueva Reforma del Código Penal de 1 Julio de 2015)

1) PENAS GRAVES:

a) La prisión permanente revisable (nuevo)

b) La prisión superior a cinco años.

c) La inhabilitación absoluta.

d) Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.

e) La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.

f) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.

g) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.

h) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.

i) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

j) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

k) La privación de la patria potestad.

 

2) PENAS MENOS GRAVES:

a) La prisión de tres meses hasta cinco años.

b) Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.

c) La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.

d) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.

e) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.

f) Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de un año y un día a cinco años.

g) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.

h) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.

i) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.

j) La multa de más de tres meses.

k) La multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.

l) Los trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año.

 

3) PENAS LEVES:

a) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.

b) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.

c) Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año.

d) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.

e) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

f) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

g) La multa de hasta tres meses.

h) La localización permanente de un día a tres meses.

i) Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.

 

PLAZOS PARA LA CANCELACIÓN DE LOS ANTECEDENTES PENALES

Los plazos tras la Reforma del Código Penal operada el 1 de Julio de 2015 quedan de la siguiente forma:

A) 6 meses: para las PENAS LEVES

B) 2 años: para las penas que no excedan de doce meses y se hayan impuesto para DELITOS IMPRUDENTES.

C) 3 años: para las restantes PENAS MENOS GRAVES INFERIORES A TRES AÑOS.

D) 5 años: para las restantes PENAS MENOS GRAVES IGUALES O SUPERIORES A TRES AÑOS.

E) 10 años: para las PENAS GRAVES.

 

SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES PENALES

A) Datos necesarios. La solicitud para la cancelación de los antecedentes penales deberá de incluir los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del condenado.

-Filiación, localidad, provincia y fecha de nacimiento.

-Documento acreditativo de identidad.

-Domicilio o efectos de notificación.

Es muy importante la identificación dado que los registros de antecedentes en el Registro Central de Penados y Rebeldes son de carácter privado y por lo tanto, no son accesibles a cualquier persona. Esta identificación se puede llevar a cabo de la siguiente forma:

– Si el titular es español o comunitario: mediante presentación del DNI en vigor o copia compulsada de éste.

– Mediante la presentación de la tarjeta comunitaria o el pasaporte en vigor, o fotocopia compulsada de éstos.

– Tarjeta de residencia (NIE) o pasaporte en vigor, o fotocopia compulsada.

B) Modelo-Formulario de Solicitud de cancelación Antecedentes Penales. La solicitud se puede presentar a través de un modelo oficial por el Ministerio de Justicia pero no es obligatorio ya que, bastará con la presentación de un escrito del interesado que contenga los datos anteriormente señalados y donde solicite de forma expresa la cancelación de los antecedentes.

C) Formas de presentación de la solicitud. La solicitud puede ser presentada mediante representación, de forma presencial, por correo o por internet.

1. Por Representación. El representante deberá de acreditar tanto su identidad como la de su representado. Además, deberá de figurar en un acta notarial, a través de la declaración en comparecencia del interesado o cualquier otro medio de acreditación la representación propiamente dicha.

2. Presencial. El interesado deberá de personificarse en el Registro General del Ministerio de Justicia, en cualquier Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia o en el Registro establecido en el art.38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Común Admnisitrativo. En el caso de que el interesado sea un ciudadano español y resida en el extranjero tendrá que solicitar la cancelación en las oficinas diplomáticas y consulares de España.

3. Correos. El interesado tiene que realizar un envío certificado adjuntando una copia compulsada de toda la documentación necesaria a la siguiente dirección: “Registro Central de Penados (Cancelaciones) C/ San Bernardo nº 21 Planta Baja 28015 Madrid”

4. Internet. El interesado deberá acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia y poseer un certificado o DNI electrónico.

 

PLAZO DE LA RESOLUCIÓN DE CANCELACIÓN.

La solicitud tendrá que ser resuelta en un plazo de 3 meses desde que se presentó de acuerdo a lo establecido en el RD 1879/1994 de 15 de septiembre.

 

CANCELACIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD (Orden de Alejamiento, etc…)

Las anotaciones de las medidas de seguridad serán canceladas una vez cumplida o prescrita la respectiva medida.

 

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES.

Es el certificado oficial expedido por el Ministerio de Justicia que acredita la carencia de antecedentes penales. Para solicitar dicho certificado hay que pagar una Tasa formulario 790 Certificado de Antecedentes Penales que puedes descargar aquí.

Puedes ver aquí un Ejemplo de Certificado de Antecedentes Penales

 

B) ANTECEDENTES POLICIALES

Siempre que se acuse de un delito, infracción o falta y a consecuencia de ello las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tengan que llevar a cabo la instrucción de diligencias y posterior remisión a las Autoridades Judiciales o a la Administración se hablará de antecedentes policiales.

Una vez que se haya obtenido sentencia absolutoria firme o el Juez haya dictado auto de archivo se podrá Cancelar Antedecentes Policiales mediante la presentación de un modelo oficial de solicitud de antecedentes policiales para Cancelar Antedecentes Policiales, que puedes descargar aquí abajo y que dependerá de si va destinado a la Policía Nacional o a la Guardia Civil.

Modelo Solicitud de Cancelación de Antecedentes Policiales

Modelo Solicitud de Cancelación de Antecedentes GUARDIA CIVIL

Espero que os haya resultado muy útil esta Guía Legal. Saludos y hasta el siguiente Artículo.

¿Tenéis más dudas legales? Consultad con nuestros abogados por teléfono las 24h de cualquier día de la semana durante los 365 días al año en el número de teléfono 807 464 712 desde cualquier parte de España de forma completamente anónima. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ

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Ricardo Collado
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Ricardo Collado

Preciso borrar los antecedentes penales de urgencia, para emitir un certificado limpio, tuve sentencia de 3 meses por no abonar la pension alimenticia el 23/09/14, han transcurrido los 2 anos de prescripcion, y la responsabilidad civil se fracciono en 48 meses, voy abonando lo que puedo cada mes, ademas de la pension desde entonces.
En cuanto tiempo pueden hacer la gestion y coste, urge gracias

Iván
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Iván

Hola!! Soy el mismo del comentario anterior. Verá, he visto en el “Servicio de Carpeta Ciudadana” que no tengo antecedentes penales. Esta información la han sacado del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia. ¿Es esto lo mismo que el Registro de Penados y Rebeldes? Lo que sí tengo y de esto estoy totalmente seguro a pesar de no haber podido acceder aún al “fichero personas” de la policía son antecedentes policiales. Cuando logre acceder a estos datos y saber que es lo que hay ahí para pedir la cancelación, me van a exigir una serie de certificados sobre… Leer más

Pedro
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Pedro

Hola buenos días fui condenado a 3 años de pena y 15 dias de multa por responsabilidad penal subsidiaria en el año 2004. Podria cancelar los antecedentes penales y policiales tengo la sentencia me gustaría ponerme en contacto con ustedes para la cancelación de los mismos. Me podrían mandar un email para entablar trato para la cancelación de ellos.

Iván
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Iván

Hola, buenos días Tengo ciertas dudas con respecto a la cumplimentación de ambos modelos. Verá, las faltas creo que fueron cometidas en el año 2000 y 2004. Y ha pasado tanto tiempo que ya no conservo los documentos que me dieron los jueces. La cuestión es que desconozco los datos que debo rellenar en el formulario y/o como conseguirlos. Es decir, en el caso del modelo de cancelación de antecedentes penales no sabría exactamente que poner en el campo donde dice, Causa Nª Año, Juzgado o Tribunal, Ejecutoria y a que registro envíalo. De hecho, el juzgado donde se realizó… Leer más

Dani
Invitado
Dani

Buenas noches, hace cuatro años, en un control de alcoholemia de policía local, di 0,62 y 0,60, en la multa pone conducta 22, fueron 500 euros y 6 puntos de carnet, no me citaron para juicio, ni retirada de carnet, mi pregunta es si esto genera antecedentes penals o solo es sanción administrativa, muchas gracias!!!

Dani
Invitado
Dani

Buenas noches, hace cuatro años, en un control de alcoholemia de policía local, di 0,62 y 0,60, en la multa pone conducta 22, fueron 500 euros y 6 puntos de carnet, no me citaron para juicio, ni retirada de carnet, mi pregunta es si esto genera antecedentes penales o solo es sanción administrativa, muchas gracias!!!

jose carlos
Invitado
jose carlos

Buenos dias,me gustaria hacerle una pregunta,para la cancelacion de antecedentes policiales,si se ha archivado la causa con sobreseimiento provisional y a adquirido firmeza seria suficiente para la cancelacion o deberia ser un sobreseimiento libre?.Seria muy injusto si no es asi y tengo que esperar a que prescriba el delito,se estarian cargando mi presuncion de inocencia que refleja la constitucion,aunque eso en este pais poco importa,si la gente sigue viendo salvame,eso si es importante.Lamentable y mucha impotencia.

Un saludo y muchas gracias.

Rosa Díaz Rus
Invitado
Rosa Díaz Rus

Buenos días:

Queria realizar una pregunta. Mi marido estuvo en la cárcel durante 6 meses por drogas en el año 2014, desde el 23 de Junio de 2014 hasta el 28 de diciembre de 2014.

¿Se podrían cancelar estos antecedentes? Quiere presentarse a unas oposiciones y por motivos de estos antecedentes no puede.

A la espera de su respuesta, reciban un saludo

Alvaro
Invitado
Alvaro

Hola , me hicieron el test de drogas y yo fumo di positivo , pero también salió cocaína y yo no tomo , quisiera saber si puedo hacer algo para no contar con esos antecedentes , luego en el papel que me dieron los mosos pusieron que no quise acompañarlos de forma voluntaria al hospital a hacerme la prueba de sangre cosa que no me preguntaron ni me comentaron ya que yo les dije q no tomaba cocaína y quería demostrarlo. Gracias espero su respuesta

Adriana perez
Invitado
Adriana perez

Buenas tardes mi pregunto es porque mi marido que ya estuvo antes en un matrimonio aparecia en l pgina de poder judicial virtual y ya no?,aparte decian que la ultima fecha que llegaron a un acuerdo fue en agosto le pregunte a mi marido si aun tenia relacion con su anterior pareja y me respondio que no , puesto que no sabia que tenia que aparecer eso ahorita , nota el aparecia que estaba llegando a un acuerdo añ juzgado 12 de lo familiar, ojala pudiesen solucionarme esta duda porque mo se que hacer

Miguel González de Miguel

Estimada Adriana, para poder ofrecerle un mejor asesoramiento jurídico, necesitamos que sea más explícita en cuanto a su consulta.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Rocío Díaz
Asesora Legal
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AbogadoResponde.net

Jesus
Invitado
Jesus

Buenas, e leido su articulo sobre la cancelacion de antecedentes penales y policiales, y si me permiten tengo una duda, yo fui condenado por una falta de hurto, cometida antes de la entrada en vigor del codigo penal, y asi se me enjuicio y se me impuso una multa de 351 euros en el mes de febrero del presente, importe que ingrese en el numero de cuenta que me indicaron en el juzgado, segun su articulo, dentro de 6 meses desde que pague (Febrero), es decir en el mes de Agosto del presente podria pedir la cancelacion de mis antecedentes… Leer más

Miguel González de Miguel

Estimado Jesus, puede solicitar la cancelación de sus antecedentes policiales en cualquier momento tras el cumplimiento de su condena. Para ello, deberá solicitar el modelo de solicitud y acreditar toda la documentación que sea prevista en la página del Ministerio de Interior.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Helena Araque
Asesora Legal
807 464 712
AbogadoResponde.net

cesar
Invitado
cesar

cuanto tiempo tardaria en cancelarme los antecedentes?

Miguel González de Miguel

Estimado Cesar, necesitaremos tener más datos para ofrecerle un adecuado asesoramiento.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

M.Carmen Postigo
Asesora Legal
807 464 712
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Stephany Florentino
Invitado

Envieme su correo electrónico para comunicarme privadamente con usted..
Vivo en el extranjero..
Gracias

Miguel González de Miguel

Estimada Stephany, en breves recibirá nuestros datos de contacto.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Miguel González de Miguel
Abogado ICAM
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AbogadoResponde.net

gabriel
Invitado
gabriel

Buenas, soy vigilante de seguridad en activo. el siete de enero cometi un despiste en una tienda forum, al llevarme un reloj de 12€ de valor sin darme cuenta y obviamente pito la alarma. Antes del juicio, hasta tres abogados, me asesoraron y me dijeron que era mejor reconocer los echos, ya que los jueces, si habia arrepentimiento eran mas suaves con las penas. Mi pregunta es, si la empresa de seguridad se enterase de que he sido condenado a pagar una multa de 90€ por ser culpable de hurto y al ser un delito leve, y a ser condenado… Leer más

Miguel González de Miguel

Estimado Gabriel, el hecho de que usted tenga antecedentes penales no es una causa objetiva para la producción de su despido y por lo tanto, en caso de despedirlo sería improcedente. En cuanto a la cancelación, sólo usted será la parte interesada y legitimada para gestión.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Miguel González de Miguel
Abogado ICAM
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Cristobal Valladlid Rosselló
Invitado

Craso error, la Ley de Seguridad Privada, exige que los vigilantes de seguridad no tengan antecedentes penales, por lo tanto estos antecedentes sobrevenidos inhabilitan para su trabajo. El despido objetivo es procedente.

Saludos
Cristóbal

XM DIAZ
Invitado
XM DIAZ

Buenas tardes, en fecha 28 de coctubre de 2013, mi hijo fue condenado como autor de un delito de resistencia del art. 556 del CP a la pena de 4 meses de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo, durante el tiempo de condena, y como autor de una falta de maltrato de obra del art. 617.2 CP la pena de multa de 10 días con una cuota de 3 € con la responsabilidad personal subsidiaria de una día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa insatisfechas, para el caso de impago más… Leer más

María
Invitado
María

Buenas noches, tengo cancelados mis antecedentes penales: 1- Por conducir con tasa de alcohol, fue en 2005. Multa de 764,47 euros más un año y tres meses de retirada de carnet. Inicio cumplimiento 6/5/2005- extinción del cumplimiento 3/8/2006. 2- Robo con fuerza, multa 120 euros y ocho meses de prisión que se sustituyó por multa de 2400 euros. Con fecha de 6/11/2011 Ahora se nos pide por parte de Educación una autorización para poder ver los antecedentes penales de los funcionarios y estoy muy preocupada pues aunque tengo cancelados por el Ministerio de Justicia ambas causas, tengo las cartas, no… Leer más

Miguel González de Miguel

Estimada María, si sus antecedentes penales ya fueron cancelados, el Registro de Penados no puede ofrecer información sobre esos antecedentes ni darles publicidad. Por lo tanto, puede estar tranquila pues Educación no conocerá sus antecedentes penales. En cuanto a los policiales, es posible que conste algún dato en los Registros de la Policía e incluso en los de la Guardia Civil, pero igualmente podrán ser cancelados.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

M.Carmen Postigo
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raul carballo
Invitado
raul carballo

Estimado resido fuera del pais y tengo 2 antecedentes del 2008 en españa soy español. estoi sacandome la visa en ecuador y solicite via correos mis antecedentes . Sorpresa me aparecen dichas sentencias del 2008 juzgadas en el 2010 , y me an denegado la visa aqui hasta o bien quieren saver por el motivo de los antecedentes o bien que cancele los mismos. los dos antecedentes uno fue un hurto menor que acepte y me pidieron 2 años pero como nunca delinqui me absolvieron y el otro es un hurto encubriendo a un amigo y no me condenaron solo… Leer más

Miguel González de Miguel

Estimado Raúl, para la corrección de la fecha de las sentencias, se tendrá que presentar un escrito en el Juzgado correspondiente para solicitar que verifiquen los datos en su archivo y procedan a dicha corrección. En cuanto a la cancelación, el plazo necesario para solicitar la cancelación tanto de un delito como de otro ya ha transcurrido y por lo tanto, puede solicitar la cancelación cuando lo desee y de este modo, si vuelve a solicitar el visado en Ecuador y solicitan los antecedentes ya no constarán y además, se evitará futuros problemas en las próximas renovaciones del mismo. Por… Leer más

tarik benmira
Invitado
tarik benmira

hola soy extranjero tengo una pregunta fue condenado en febrero 2008 a 3 años y medio de presion y 5 años de retirada de carnet termine la pena de prision en agosto de 2011 . .no puedo cancelar por la condena de 5 años del carnet que me termino 01 10 2014 .estoy desesperado porque no consigo que me devuelvan la residencia .me pregunta es si la ley nueva que entro en junio del 2015 va por mi caso .ya que me quedan 1 año y 8 meses para poder cancelar y poder vevir como todos.porque ahora son cinco años… Leer más

Miguel González de Miguel

Estimado Tarik, si las condiciones anteriores a la reforma el Código Penal para la cancelación de los antecedentes penales le resultan más beneficiosas que las actuales, usted deberá regirse por lo estipulado antes de la reforma ya que la comisión de los hechos fue anterior a la reforma y la aplicación de una ley posterior tiene carácter retroactivo siempre y cuando resulte beneficiosa para el condenado.

Por ello, los plazos para la cancelación de sus antecedentes penales serán los anteriores a la reforma del Código Penal.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Miguel González de Miguel
Abogado ICAM
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Jacques Tous
Invitado
Jacques Tous

Llevó 15 años sin ver a mis dos hijas y cinco nietos , se han casado y no me invitaron a la boda las dos , hay alguna manera de no dar nada en herencia sobre mis bienes . Y si tuviera que dar algo por ley serían a mis nietos que no conosco , y que sería el porcentaje ?? , a mis dos hijas si pudiera ni la silla para sentarse como escarmiento , tengo 60 años y no se si mi vida se acaba , vivo en mallorca por si le interesa las leyes de allí e… Leer más

Miguel González de Miguel

Estimada Jacques, si sus hijos se niegan a prestarle los cuidados y la asistencia que le puede ser necesaria actualmente o en un futuro será una posible causa de desheredación que actualmente está siendo admitida por los tribunales. Si usted no necesita asistencia ni cuidados algunos, el mero hecho de no mantener contacto con sus hijos no es causa de desheredación.

Si deshereda a sus hijos podrá nombrar a sus nietos como su herederos sin ningún problema. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

M.Carmen Postigo
Asesora Legal
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andres felipe figueroa rodriguez
Invitado
andres felipe figueroa rodriguez

Buenas.yo estube preso en españa contra la salud publica 3años 1dia sali en libertad en el año 2006 quiero ir a paris pero no se si despues de casi 9 años de estar en libertad es nesesario la canselacion de los antesedentes judiciales y policiales por favor quisiera saver cual es el prosedimiento a seguir les agradesco de antemano gracias.

Eva María Rodriguez Dominguez
Invitado
Eva María Rodriguez Dominguez

Conozco a un chico que sus antecedentes penales estarían a día de hoy prescritos, con la Ley del CP antigüa, pero no con la del nuevo CP, pues antes estaba en 5 años y ahora serían 10 años, era grave. Mi pregunta es, ¿el Ministerios aplicaría para su cancelación, la más beneficiosa para él como establece la Ley para el CP? Así lo tengo entendido yo, y así se lo explique, gracias y espero su respuesta.

Miguel González de Miguel

Estimada Eva, se le aplicaría lo establecido en la antigua regulación del Código Penal, ya que el delito fue cometido con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo Código Penal y ya había prescrito en ese momento. Para futuras dudas, las reformas legales serán aplicables siempre y cuando sean beneficiosas para el reo del delito pero no tendrán carácter retroactivo si perjudican a éste y mucho menos si el delito ha prescrito en el momento de la entrada en vigor de la nueva ley.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

M.Carmen Postigo
Asesora Legal
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