Por Ana Islán
Obligaciones del presidente de una Junta de Propietarios
Ser presidente de una comunidad de vecinos es una responsabilidad y en la mayoría de los casos un cargo poco apetecible. Si usted pertenece a comunidad, sabrá que las disputas por ostentar el cargo como sucede en ‘La Que Se Avecina’, no existen. En muchos casos es al contrario, hay quien haría lo que fuera por no tener que cargar semejante losa.
No obstante, en términos colectivos es algo necesario. Mejorar la situación de la finca o realizar cambios por el bien común es algo frecuente y útil. Te explicamos en qué consiste el cargo de presidente de una comunidad y cuáles son sus obligaciones y deberes.
¿Cómo define la Ley al presidente de una Comunidad de Vecinos?
La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 13, señala que “el presidente es un copropietario que ostenta legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que le afecten”.
¿Cuáles son las funciones de la Junta de Propietarios?
El presidente es el responsable de la Junta de Propietarios. Conviene, por tanto, clarificar las funciones del órgano (la Junta de Propietarios). El artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal indica que son las siguientes:
a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.
b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c).
d) Aprobar o reformar los Estatutos y determinar las normas de régimen interior.
e) Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.
¿Cuáles son las obligaciones del presidente?
- Representar a la comunidad en la contratación de obras o servicios
- Convocar las Juntas de Propietarios y cerrar el acta, tras su celebración, suscribiéndola con su firma.
- Mediar en problemas de convivencia solicitando formalmente el cese de, por ejemplo, la comisión de actividades molestas o perniciosas para el conjunto de propietarios.
- Reclamar (judicialmente si fuera preciso) el pago de deudas a otros propietarios.
- Representar a la comunidad en caso de contenciosos judiciales.
- Ejercer como secretario y administrador, salvo que los Estatutos o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia.
Esperamos que os haya sido de mucha utilidad
Ana Islán
Graduado Social
807 464 712
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