Miguel González de Miguel. España. Abogado Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.Licenciado en Derecho por Universidad Complutense. Exletrado de los Grupos de Trabajo Procesal de Dº Administrativo y Extranjería del ICAM atendiendo consultas de los abogados colegiados. Master en Práctica Jurídica CEIJ. Diplomado en Práctica Forense en materia de Derecho de Menores por Centro de Estudios ICAM. Asesor jurídico de varias asociaciones y ONG.
Claudia Yataco. Perú. Licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de Unife (Lima). Abogada con varios años de experiencia en materias de Extranjeria y Civil/Mercantil. Doctorada en Derecho Mercantil por la Universidad Complutense. Master en Dirección y Administración de Empresas (MBA) en Instituto de Estudios Bursátiles.
Jesus López. Licenciado en Derecho por la Universidad de Jaén y Especialista Universitario en Derecho y Administración de Justicia. Además Doctorando en Derecho Civil, diploma de Estudios Avanzados y Título de Suficiencia Investigadora con la calificación de Sobresaliente. Procurador de los Tribunales con 10 años de experiencia.
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Ana Islán. Graduada en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad de Jaén, Realizando las prácticas de Empresa en el Área de Asesoría Laboral, Fiscal y Contable efectuando resolución de consultas legales, redacción de artículos jurídicos y gestión y asesoramiento en general en materia jurídico laboral fiscal y contable.
Buenos dias. He emitido unos pagares a un amigo para que pueda financiarse momentaneament, el cambio me hace las factras correspondientes y se hace cargo de pagarlos al vencimiento. lo que quisiera es hacer un contrato en que en caso de que mi amigo no me de el dinero para irlos pagando quede eximido de toda responsabilidad. Es decir un documento de reconocimiento de deuda o algo asi.
Espero sus noticias
Estimado Nacho, efectivamente es posible y recomendable realizar un contrato. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestros abogados expertos en civil a través del la línea telefónica para consultas jurídicas que establece la página de inicio de AbogadoResponde.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
El equipo de AbogadoResponde
807 464 712
Buenas noches , quizás no reciba al tiempo su respuesta. ..pero no puedo dormir porque tengo esta mañana un juicio de algo que pasó hace un par de años. Y estoy leyendo mi declaración del día de autos y contrastando con la declaración de una de los testigos y estoy confusa.
Estimada Montserrat, por favor especifique su consulta. Lo aconsejable en todo caso es que se lo comunique a su abogado, puesto que tendrá mas información y podrá guiarle de la mejor manera posible.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Helena Araque
Asesora Legal
807 464 712
AbogadoResponde.net
Puede un ex socio solicitar los libros de cuentas y actas del periodo en el que pertenecía a la sociedad? Si es así existe tiempo límite para realizarlo desde que abandonó la sociedad?. Gracias
Estimado Manuel, su consulta ya fue resuelta con anterioridad.
Reciba un cordial saludo.
M.Carmen Postigo
Asesora Legal
807 464 712
AbogadoResponde.net
puede un exsocio de una sociedad limitada profesional solicitar los libros de cuentas y actas del periodo en el que era socio?
de ser así , existe un limite de tiempo desde que abandonó la sociedad para poder hacerlo?
Estimado Antonio, los socios tienen derecho a estar informados y a consultar tanto el libro de cuentas como el de actas durante el periodo que ostenten dicha condición. Por ello, usted puede consultar la información en el Registro de lo Mercantil mediante la presentación de un escrito y la acreditación de su condición de socio, o mediante el envío de un burofax a la sociedad limitada de la cual usted formaba parte. Por todo ello, tiene derecho a obtener la información que desee y que pertenezca al periodo en el cual usted ejerció como socio. Sin otro particular, reciba un… Leer más