fbpx
 In Multas

¿Qué es la Prescripción?

Para ello antes que nada debemos de saber que la prescripción legal (no la de cuando el médico nos receta un medicamento) y ésta no es otra cosa que “Caducar un derecho o extinguirse una obligación por el transcurso del tiempo”.

Regulación legal sobre la prescipción

A tal efecto tal y como establece el artículo 132 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 1. Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año. Por tanto será según lo dispuesto en las leyes pero por línea general si no existe regulación específica nos atenemos entonces a los plazos comunes que marca la Ley 30/92

Diferencia entre Infracción y Sanción

En primer lugar hay que tener en cuenta la diferencia que existe entre infracción y sanción, siendo la infracción la actuación incorrecta del ciudadano y la sanción la multa que se impone por dicha actuación. Tanto una como otra son susceptibles de prescripción. CÓMPUTO DEL PLAZO. La interrupción del plazo de la prescripción de las infracciones. Se comienza a contar desde el día en que la infracción se comete. INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN: Interrumpe la prescripción la iniciación del procedimiento sancionador (siempre y cuando exista conocimiento del sancionado). Se reanuda el plazo de prescripción si el expediente sancionador esta paralizado durante más de 1 mes por causa siempre no imputable al presunto responsable.

¿Cuando Prescriben las Multas?

La infracción prescribe en el momento en que pasa el plazo desde que se ha cometido la infracción, el cual varía dependiendo de su gravedad, pasado dicho plazo ya no puede sancionarse por su comisión. La prescripción de las infracciones se producirá por el transcurso de los siguientes plazos:

Tipo de InfraccionesTiempo
Infracciones levesPrescriben a los 6 meses
Infracciones gravesPrescriben a los 2 años
Infracciones muy gravesPrescriben a los 3 años

Consulta si puedes Recurrir tu Multa o Sanción

– Consulta con Abogado Especializado
– 24 h. de Lunes a Domingo, 365 días al año
– En toda España, anónimo y sin esperas
– Recurso de Retirada de Carnet desde 70€

Sólo pagará la duración. Tarifas de llamada 1,18€/min. desde Fijo (IVA incluido) 1,53€/min. desde Móvil (IVA incluido)

Estos plazos comenzarán a contar a partir de la comisión del hecho sancionable o desde que se tuvo conocimiento de los mismos. (Art. 108.1 Procedimiento sancionador y prescripciones).

Prescipción de las Sanciones

Las sanciones administrativas impuestas (Ej: en un procedimiento de infracción de tráfico, sanciones ayuntamientos, caza, administraciones…etc ) sólo pueden hacerse efectivas durante un período de tiempo, es decir prescriben. Las sanciones establecidas en los artículos precedentes, sólo podrán imponerse tras la sustanciación del correspondiente expediente sancionador, en el que se dará audiencia al presunto infractor y se regulará conforme a lo establecido en la legislación vigente. La prescripción de las sanciones se producirá en los plazos que a continuación se detallan contados a partir de la firmeza de la resolución sancionadora (Art. 108.2 Procedimiento sancionador y prescripciones)

Sanciones impuestas por infracciones levesPrescriben en 1 año
Sanciones impuestas por infracciones gravesPrescriben a los 2 años
Sanciones impuestas por infracciones muy gravesPrescriben a los 3 años

Procedimiento Administrativo Sancionador

Es el que utilizan las administraciones públicas para ejercer su potestad sancionadora. En este procedimiento concurren 2 fases:

  1. Fase Instructora: En la fase instructora la administración da posibilidad al interesado para que alegue y pruebe los hechos que considere conveniente para defenderse.
  2. Fase Sancionadora: En la fase sancionadora (también llamada resolutiva) se dicta resolución sancionando o dictando sobreseimiento. Por último decir que la persona objeto del procedimiento goza de presunción de inocencia, como en cualquier procedimiento, y es la administración la que tiene la carga de probar la comisión de la infracción.
Recent Posts
0

Al continuar utilizando nuestro sitio web, usted acepta el uso de cookies. Más información

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra POLÍTICA DE COOKIES, pinche el enlace para mayor información. Además puede consultar nuestro AVISO LEGAL Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD y nuestra página de POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS.

Cerrar